El Ayuntamiento de Barbate cuantifica los daños por el temporal en más de 1,7 millones de euros

El Ayuntamiento de Barbate ha emitido un documento cuantificando los daños producidos tras el paso del temporal Emma, así como el coste necesario para su arreglo. Este escrito ya ha sido remitido a la Subdelegación del Gobierno y a las Administraciones competentes, en base a los informes realizados durante los días previos por los departamentos del Consistorio implicados, como la Delegación Municipal de Playas, la Policía Local y Bomberos.

     El escrito hace un resumen de los daños y zonas afectadas, así como, una previsión con respecto a la cuantía económica necesaria para la reposición y arreglo de los desperfectos ocasionados. En total, el Ayuntamiento de Barbate estima el valor de los daños en 1.792.192,65 euros. En este montante no se incluye la regeneración o aporte de arena a las playas del término municipal, al entender, como ha explicado el alcalde, Miguel Molina, “que es una actuación de realizaría por oficio la Demarcación de Costas al ser el organismo competente en esta materia”. En este sentido, la cantidad podría alcanzar los dos millones de euros.

     En el desglose de daños, se incluye la reposición de 300 tramos de pasarelas para las playas del todo el término municipal barbateño, el arreglo de socavones y aglomerados en vías urbanas, la instalación de aliviaderos de pluviales en Once de Marzo y Joaquín Blume, la reparación del Campo de Fútbol y el Pabellón Cubierto del Polideportivo Municipal, farolas, cuadros de mandos, reposición de papeleras, contenedores, señalización, el arreglo de la Lonja Vieja, la reparación del sistema subterráneo de tendido eléctrico del Paseo Marítimo, y la reposición de dos módulos de salvamento y uno de información turística.

     El informe emitido destaca que “las playas de Barbate, Zahara de los Atunes, Zahora y Caños de Meca han sido las más damnificadas, ya que, el temporal ha arrasado los accesos a las mismas y destrozado parte de las pasarelas fijas. También ha destruido los módulos de Salvamento y Socorrismo que se encontraban en la playa de Zahara,  así como, el Módulo de Información Turística de dicha playa. Numerosas papeleras y contenedores han quedado inservibles por su deterioro, así como, la señalización de prohibiciones y accesos. Además, en la playa del Carmen de Barbate ha provocado la rotura de un tubo subterráneo de tendido eléctrico”.

     El documento remitido a la Subdelegación también incide en que “el alcantarillado del municipio se ha visto desbordado, ya que, esta zona no está preparada para las fuertes lluvias torrenciales sufridas, lo cual ha provocado, el anegamiento de diversas calles, y con ello, la realización de socavones, rotura de bordillos, etc. Es por ello, que sería conveniente la instalación de aliviadero de pluviales en la calle Once de Marzo y Avenida Joaquín Blume, así como el arreglo de las diversas calles afectadas, todo ello, con el fin de intentar restablecer el orden y la seguridad en el municipio”.

     En este sentido, el alcalde de Barbate, Miguel Molina, asegura que “la actuación de los Cuerpos de Seguridad y operarios municipales en estos días ha sido absolutamente ejemplar, lo que ha evitado muchos más daños de los producidos”. Para el alcalde, “es fundamental que se nos preste toda la ayuda que las Administraciones puedan brindarnos para que Barbate vuelva a la normalidad, teniendo en cuanta el inminente comienzo de la temporada turística, de la que depende la economía de muchas familias barbateñas”.

     Por último, hay que recordar que el Pleno de la Corporación Municipal acordó de forma unánime declarar a Barbate como zona catastrófica. El acuerdo adoptado consiste en instar al Gobierno central a elaborar un decreto-ley por el que se adopten medidas urgentes para paliar los daños causados por el temporal. Igualmente, se pedirá a la Vicepresidencia del Gobierno y al Ministerio de Presidencia, y para las administraciones territoriales, que recojan la propuesta y declaren a Barbate como zona gravemente afectada; así como a la Consejería de Presidencia a que cree una subvención destinada a las entidades locales para situaciones de emergencia o catástrofe. La moción también recoge dar traslado a la Subdelegación de Cádiz y la Diputación Provincial.

Bases para el concurso de la bandera oficial de Barbate

El Ayuntamiento de Barbate, con el fin de dotar a nuestra localidad de una bandera, convoca por la presente un concurso de ideas, declarándose éste abierto y público, de manera que a él pueden presentarse todas la personas interesadas en el mismo. Dicho concurso se convoca con arreglo a las siguientes:
 
BASES Y CONDICIONES
 
FUNDAMENTACIÓN.- La identidad de todo pueblo está ligada a su cultura, tradición, geografía, paisaje y valores de su gente, además de otras manifestaciones artístico-culturales que establecen un estrecho vínculo de los pobladores con la tierra que habitan. Sobre esta premisa, el municipio de Barbate, consciente de la importancia de afianzar la identidad de sus habitantes y ante la ausencia de este símbolo, convoca el CONCURSO PÚBLICO PARA LA CREACIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE BARBATE, PROVINCIA DE CÁDIZ.
 
PRIMERA.- Constituye el objeto de las presentes bases la convocatoria de un concurso de ideas para la elección de la Bandera del municipio de Barbate (Cádiz), conforme a lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de la Entidades Locales de Andalucía.
 
SEGUNDA.- El presente concurso tendrá carácter abierto y público, pudiendo participar en el mismo todas las personas mayores de 16 años y menores de edad con autorización de los padres o tutores legales, empresas, clubes, colegios, asociaciones, etc. Tanto si se trata de personas físicas como en el caso de personas jurídicas, centros o colectivos de cualquier clase, sólo se admitirá un máximo de tres propuestas por cada uno de ellos.
 
TERCERA.- El plazo de presentación de los trabajos se iniciará con la exposición al público en el tablón de edictos de la Corporación y de los sitios más frecuentados, así como en la web del Ayuntamiento, de la convocatoria del presente concurso, y finalizará a las catorce horas del día 10 de julio de 2018.
 
CUARTA.- Los trabajos se presentarán en formato A-4 apaisado y en otro formato a elegir (CD formato Word, tela, pintado, …) bien diseñados por ordenador ó a mano. A los mismos se habrá de acompañar una breve memoria explicativa sobre las razones de la propuesta presentada, con una extensión no superior a 20 líneas.
Los trabajos se presentarán en sobre cerrado, sin datos personales del autor, solamente se expresará un pseudónimo en la parte exterior del sobre. Debe figurar otro sobre adjunto con los datos del participante en el interior y con el mismo pseudónimo en el exterior. Este sobre permanecerá cerrado a efectos de no conocer la identidad del autor hasta que se produzca el fallo definitivo del jurado.
Los trabajos se presentarán, dentro del plazo establecido al efecto, en el Ayuntamiento de Barbate, durante el horario de mañana, de 9:00 a 14:00 horas, o bien por correo ordinario.
 
QUINTA.- Los motivos y colores de la bandera evocarán aspectos del paisaje, geografía, historia, cultura, tradiciones, costumbres y valores del municipio de Barbate. Deberá considerarse, en el diseño de la bandera, el actual escudo del municipio de Barbate para efectos de armonía de color, significado y otros, pudiéndose incluir dicho escudo en el diseño de la bandera. No obstante, no se excluye ningún color.
 
SEXTA.- El Jurado estará compuesto por los siguientes miembros: D. Sergio Román Gutiérrez, D. Francisco Narváez, D. Juan Carlos Muñoz, D. Antonio Alba, D. Miguel Relinque, D. Jesús Montero, secretaria de la Corporación o funcionario que legalmente le sustituya.
 
SÉPTIMA.- Los criterios de calificación en base a los cuales se seleccionarán los trabajos presentados, serán los siguientes:
– Creatividad y originalidad.
– Mensaje y significado.
– Concordancia con el lema del escudo municipal.
– Que represente, incluya referencia o simbolice el paisaje, geografía, historia, cultura, tradiciones, costumbres y valores de Barbate y su territorio.
 
OCTAVA.- Finalizado el plazo de presentación de ideas, se someterán todas las presentadas a información pública, conforme a lo previsto en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía.
Finalizado dicho período de información pública, y con el resultado de la misma, el Jurado se reunirá para hacer público su Fallo, que será inapelable.
El trabajo elegido será presentado como propuesta de símbolo por el Pleno de la Corporación a la Junta de Andalucía, para su informe. Si aquél no fuera estimado por ésta, se presentaría el segundo más votado o el tercero, si hubiere lugar a ello.
 
NOVENA.- Se entenderán cedidos al Ayuntamiento de Barbate todos los derechos de propiedad intelectual que pudieran derivarse de las ideas premiadas, por el sólo hecho de participar en el mencionado concurso.
 
DÉCIMA.- Dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de presentación de ideas, se abre el plazo de información pública, con duración de 20 días, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Barbate y página web del Ayuntamiento.
 
UNDÉCIMA.- Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía y en la legislación del régimen local.
 
El alcalde,
Miguel Molina Chamorro

Bases para el concurso del himno oficial de Barbate

El Ayuntamiento de Barbate, con el fin de dotar a nuestra localidad de un himno, convoca por la presente un concurso de ideas, declarándose éste abierto y público, de manera que a él pueden presentarse todas la personas interesadas en el mismo. Dicho concurso se convoca con arreglo a las siguientes:
 
BASES Y CONDICIONES
 
FUNDAMENTACIÓN.- La identidad de todo pueblo está ligada a su cultura, tradición, geografía, paisaje y valores de su gente, además de otras manifestaciones artístico-culturales que establecen un estrecho vínculo de los pobladores con la tierra que habitan. Sobre esta premisa, el municipio de Barbate, consciente de la importancia de afianzar la identidad de sus habitantes y ante la ausencia de este símbolo, convoca el CONCURSO PÚBLICO PARA LA CREACIÓN DE UN HIMNO DEL MUNICIPIO DE BARBATE, PROVINCIA DE CÁDIZ.
 
PRIMERA.- Constituye el objeto de las presentes bases la convocatoria de un concurso de ideas para la elección del himno del municipio de Barbate (Cádiz), conforme a lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de la Entidades Locales de Andalucía.
 
SEGUNDA.- El presente concurso tendrá carácter abierto y público, pudiendo participar en el mismo todas las personas mayores de 16 años, y menores de edad con autorización de los padres o tutores legales, empresas, clubes, colegios, asociaciones, etc. Tanto si se trata de personas físicas como en el caso de personas jurídicas, centros o colectivos de cualquier clase, sólo se admitirá un máximo de tres propuestas por cada uno de ellos.
 
TERCERA.- El plazo de presentación de los trabajos se iniciará con la exposición al público en el tablón de edictos de la Corporación y de los sitios más frecuentados, así como en la web del Ayuntamiento, de la convocatoria del presente concurso, y finalizará a las catorce horas del día 10 de julio de 2018
 
CUARTA.- El Himno deberá seguir las siguientes pautas:
• La duración deberá oscilar entre los 2 minutos como mínimo y los 4 minutos como máximo.
• No hay limitación en cuanto a los ritmos y estilos, teniendo en cuenta que sea apropiado para su propio fin.
• Se podrá presentar la música del himno solo y exclusivamente en modo instrumental o bien en modo instrumental y vocal. Todo concursante que escoja esta última opción habrá de presentar también el modo instrumental.
• Los trabajos se presentarán en un CD, de preferencia de buena calidad., y deberán ser 100% originales, de autoría de los participantes. Dicho CD se presentará en sobre cerrado con los datos personales del autor, y solamente se expresará un seudónimo en la parte exterior del sobre.
• En el sobre cerrado con los datos del autor, habrá de añadirse copia de la partitura debidamente registrada en el Registro de la Propiedad Intelectual.
• Junto al CD habrá de acompañar partituras o cifrado de la melodía y una breve memoria explicativa sobre las razones de la propuesta presentada, con una extensión no superior a 20 líneas.
• Habrá de presentarse, igualmente, otro sobre adjunto con los datos del participante en el interior y con el mismo pseudónimo en el exterior. Este sobre permanecerá cerrado a efectos de no conocer la identidad del autor hasta que se produzca el fallo definitivo del jurado.
 
QUINTA.- Los trabajos se presentarán, dentro del plazo establecido al efecto, en Ayuntamiento de Barbate, durante el horario mañana, de 9:00 a 14:00 horas, o bien por correo ordinario.
 
SEXTA.- El Jurado estará compuesto por los siguientes miembros: D. Sergio Román Gutiérrez, D. Antonio Pacheco, D. Rafael García, D. José Manuel Cardoso, D. Roberto Moreno, D. José Sánchez, secretaria de la Corporación o funcionario que legalmente le sustituya.
 
SÉPTIMA.- Los criterios de calificación en base a los cuales se seleccionarán los trabajos presentados, serán los siguientes:
–Creatividad y originalidad.
–Mensaje y significado.
–Que represente, incluya referencia o simbolice el paisaje, geografía, historia, cultura, tradiciones, costumbres y valores de Barbate y su territorio.
 
OCTAVA.- Finalizado el plazo de presentación de ideas, se someterán todas las presentadas a información pública, conforme a lo previsto en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía.
Finalizado dicho período de información pública, y con el resultado de la misma, el Jurado se reunirá para hacer público su Fallo, que será inapelable.
El trabajo elegido será presentado como propuesta de símbolo por el Pleno de la Corporación a la Junta de Andalucía, para su informe. Si aquél no fuera estimado por ésta, se presentaría el segundo más votado o el tercero, si hubiere lugar a ello.
 
NOVENA.- Se entenderán cedidos al Ayuntamiento de Barbate todos los derechos de propiedad intelectual que pudieran derivarse de las ideas premiadas, por el sólo hecho de participar en el mencionado concurso.
 
DÉCIMA.- Dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de presentación de ideas, se abre el plazo de información pública, con duración de 20 días, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Barbate y página web del Ayuntamiento.
 
UNDÉCIMA.- Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía y en la legislación del régimen local.
 
El alcalde,
Miguel Molina Chamorro

La Delegación de Playas realizará actuaciones para embellecer el Paseo Marítimo

 

 

La Delegación Municipal de Playas ha solicitado a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la necesidad de ejecutar por parte del Consistorio una serie de actuaciones en el Paseo Marítimo, con el objetivo de mantenerlo en uso y contribuir al mantenimiento y conservación del mismo.

     Dichas actuaciones se encuentran recogidas en el “Plan de Embellecimiento, Mantenimiento y Limpieza de Zonas Degradadas” que se llevará a cabo en la localidad por parte de la Delegación de Playas, en coordinación con la Diputación Provincial de Cádiz. El alcance de dicho plan contempla tanto el mantenimiento de los equipamientos e instalaciones, así como la creación de nuevos espacios verdes, dotando la zona de nuevas plantas que mejoren el aspecto y contribuyan a la reducción de CO2. Con ello, se pone en marcha un plan de arbolado, en el cual la Diputación de Cádiz facilitará las especies que mejor se adapten a nuestro clima y al entorno, haciéndolo de manera sostenible y contribuyendo a la mejora medioambiental.

     Los servicios incluidos en los trabajos de conservación y mantenimiento se basarán en actuaciones de pequeñas reparaciones y obras como la realización de alcorques necesarios para definir el espacio donde se ubiquen las nuevas plantas, reparación y mantenimiento de los alcorques ya existentes y la reposición de pavimentos, elementos o partes de los mismos que se encuentren dañados o rotos por causas ajenas al mantenimiento normal. También se realizará la plantación de árboles o palmeras, que se adapten a las distintas áreas.

     El plazo de ejecución de los trabajos es de tres meses. La actuación no requiere de la utilización de ningún tipo de maquinaria que suponga ocupación ni obstaculización del tránsito por el Paseo Marítimo, todo se realizará con herramientas manuales.

El Plan de Protección del Corredor Litoral queda anulado definitivamente gracias al Ayuntamiento de Barbate

 

El Ayuntamiento de Barbate consigue tumbar definitivamente el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, después de que la Sección Primera de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo no haya admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que estimaba el recurso del Consistorio. Esto convierte el fallo del TSJA en firme, al considerar el Tribunal Supremo la “inadmisión al trámite, toda vez que la cita de los preceptos del derecho estatal no deja de ser meramente instrumental, dado que la cuestión realmente controvertida versa sobre la interpretación y aplicación del derecho autonómico”.

     Es decir, el Tribunal Supremo considera que el motivo de controversia se refiere a la legislación autonómica, cuyo máximo órgano judicial interpretativo es el TSJA. Por tanto, la sentencia del Tribunal Andaluz se confirma y deja definitivamente sin efecto el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, de forma que la Junta de Andalucía tendría que volver a redactarlo y empezar de nuevo el trámite parlamentario para su aprobación, si quisiera aplicar otro plan de estas características en el futuro. Además, la Junta de Andalucía deberá abonar al Ayuntamiento de Barbate la cantidad de 1.000 euros en concepto de costas procesales, como impone el Tribunal Supremo en su Auto.

     El TSJA estimó el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Barbate contra el Decreto 141/2015 aprobado por el Consejo de Gobierno en funciones de la Junta de Andalucía. Este hecho supuso la declaración de nulidad por parte del TSJA del Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, al considerar que el Consejo de Gobierno excedió sus competencias de despacho ordinario, aprobando este planeamiento sin justificación de urgencia, como dicta la ley para el caso de equipos de Gobierno en funciones.

     En su demanda de recurso, el Ayuntamiento consideró que la urgencia del Consejo de Gobierno no estaba justificada en el hecho de que las competencias en materia de ordenamiento jurídico son compartidas entre la administración local y la autonómica, por lo que la Junta de Andalucía ya contaba con los suficientes mecanismos para la protección del litoral sin necesidad de acudir a un instrumento tan excepcional como el Decreto Ley. Además, la administración demandante puso de manifiesto que el documento del Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía carece de los obligados informes de sostenibilidad económica y ambiental, hecho admitido por la Sala.    

     El Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía afectaba a una franja costera de 500 metros de anchura, siendo mucho más restrictivo que la Ley de Costas del Gobierno central. Este plan autonómico afectaba al ordenamiento jurídico de los 62 municipios costeros de Andalucía, entre los que se encuentra Barbate, y bloqueando proyectos de desarrollo. Con la anulación definitivo de este, los municipios podrán volver a hacer uso del suelo afectado para el desarrollo urbanístico si así lo consideran oportuno.