Consejos Sectoriales

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Según artículo 27 de nuestro Reglamento de Participación Ciudadana, por cada una de las áreas o conjuntos de la actividad municipal (Pleno Municipal), mediante acuerdo expreso, podrá constituir Consejos Sectoriales, cuya composición, organización, régimen de funcionamiento, funciones y ámbito competencial se ajustarán a lo establecido en la legislación estatal y autonómica que resulte de aplicación.

Los Consejos Sectoriales son los Órganos de participación que canalizan las iniciativas e inquietudes ciudadanas en temas concretos de interés para la ciudad como, por ejemplo, la escuela, el deporte, el medio ambiente, la juventud, las mujeres, la gente mayor, las personas con disminución, la cooperación y la solidaridad y otros similares. Pueden formar parte de un Consejo Sectorial:

Sus funciones serán similares a las de un Consejo de Distrito aunque limitadas a su sector y se fijarán en el acuerdo de creación. Los asuntos que puedan afectar a más de un consejo se resolverán mediante la consulta o convocatoria conjunta de los consejos afectados.

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