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Domingo 19 de mayo de 2013
Portal Ayto Barbate > Actualidad > Noticias > REGLAMENTO PARA EL CONCURSO OFICIAL DE AGRUPACIONES CARNAVALESCAS DE BARBATE (COACB)
06/02/2012
DELEGACIÓN DE FIESTAS Y ASOCIACIÓN DEL CARNAVAL BARBATEÑO (ACB) EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BARBATE (CÁDIZ)
BARBATE, FEBRERO 2012
CAPÍTULO I: AGRUPACIONES
ARTÍCULO 1º.- MODALIDADES – INSCRIPCIÓN
El carácter de este concurso es de ámbito comarcal, es decir, solo podrán inscribirse aquellas agrupaciones que pertenezcan a cualquier población de la Comarca de la Janda Litoral, es decir, sólo agrupaciones provenientes de los términos municipales de Barbate, Vejer de la Frontera y/o Conil de la Frontera. Para ello. Deberán acreditar con cualquier tipo de documento su lugar de procedencia para comprobar su veracidad.
Las Agrupaciones que se inscriban en el COACB, se encuadrarán en alguna de las modalidades siguientes: CHIRIGOTAS, COMPARSAS, AGRUPACIONES FAMILIARES Y TRÍOS, CUARTETOS O QUINTETOS. En las respectivas categorías de Infantil, Juvenil y Adulto.
Sólo podrán participar en el COACB aquellas que se encuentren inscritas en tiempo y forma.
Para ello, la Delegación de Fiestas y la Asociación del Carnaval Barbateño (ACB) abrirá y cerrará, cuando determine, un registro de INSCRIPCIÓN.
El Boletín de Inscripción, facilitado en la Casa de la Cultura de Barbate, deberá estar cumplimentado en todos sus apartados y firmado por el Representante Legal, lo que implica, y en los Boletines constará de forma clara y precisa, la aceptación por parte de la Agrupación del presente Reglamento, lo que presupone su conocimiento previo. En caso de coincidencia en el TÍTULO entre dos o más Agrupaciones, la Delegación de Fiestas aceptará la primera inscrita. Para evitar exigir a las Agrupaciones cambios de TÍTULO sin tiempo suficiente, la Delegación de Fiestas resolverá las repeticiones en un plazo máximo de CINCO DÍAS posteriores al cierre de la INSCRIPCIÓN. No obstante la Delegación de Fiestas, con la mayor brevedad posible, informará al Representante Legal de la Agrupación coincidente del título.
ARTÍCULO 2°.- AGRUPACIONES FAMILIARES
2.1.- Agrupaciones familiares son aquellas agrupaciones carnavalescas que interpretan su repertorio a dos cuerdas como mínimo – tenor y segunda-.
Las charangas o agrupaciones familiares se componen de más de QUINCE componentes.
Las agrupaciones familiares estarán acompañadas de los siguientes instrumentos: bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de tres guitarras españolas y pitos carnavalescos, siendo estos últimos opcionales. Dichos componentes podrán utilizar otros instrumentos musicales, pero sólo en la presentación, estribillos y popurrí.
2.2.- El repertorio estará compuesto por una presentación, dos pasodobles (composición más genuina de estas agrupaciones), dos cuplés y sus correspondientes estribillos y un popurrí.
Los cuplés serán cantados engarzados por medio del Estribillo, sin interrupción de los mismos.
El repertorio será inédito en cuanto a letra y música a excepción hecha del popurrí y la presentación.
ARTÍCULO 3°.- CHIRIGOTAS
3.1.- Las chirigotas son aquellas agrupaciones carnavalescas compuestas por un mínimo de SIETE componentes y un máximo de TRECE.
Las chirigotas estarán acompañados de los siguientes instrumentos: bombo, con sus respectivos platillos, caja, un máximo de dos guitarras españolas y pitos carnavalescos, siendo estos últimos opcionales.
Dichos componentes podrán utilizar otros instrumentos musicales, pero sólo en la presentación, estribillos y popurrí.
3.2.- El repertorio estará compuesto por una presentación, dos pasodobles, dos cuplés (composición más genuina de estas agrupaciones) y sus correspondientes estribillos y un popurrí.
Los cuplés serán cantados engarzados por medio del Estribillo, sin interrupción de los mismos.
El repertorio será inédito en cuanto a letra y música a excepción hecha del popurrí y la presentación.
ARTÍCULO 4°.- COMPARSAS
4.1.- Las comparsas son aquellas agrupaciones carnavalescas que interpretan su repertorio a dos cuerdas como mínimo – tenor y segunda-.
Las comparsas se componen de un mínimo de DIEZ cantantes y un máximo de QUINCE.
Las comparsas estarán acompañados de los siguientes instrumentos: bombo, con sus respectivos platillos, caja, un máximo de tres guitarras españolas y pitos carnavalescos, siendo estos últimos opcionales.
Dichos componentes podrán utilizar otros instrumentos musicales, pero sólo en la presentación, estribillos y popurrí.
4.2.- El repertorio estará compuesto por una presentación, dos pasodobles (composición más genuina de estas agrupaciones), dos cuplés y sus correspondientes estribillos y un popurrí. Los cuplés serán cantados engarzados por medio del Estribillo, sin interrupción de los mismos.
El repertorio será inédito en cuanto a letra y música a excepción hecha del popurrí y la presentación.
ARTÍCULO 5°.- TRÍOS, CUARTETOS Y QUINTETOS
5.1.- Los Tríos, Cuartetos o Quintetos son aquellas agrupaciones carnavalescas que se componen de un mínimo de TRES componentes y un máximo de CINCO.
A su vez, estos componentes se acompañarán de los instrumentos musicales que crean oportunos.
5.2.- El repertorio estará compuesto por PARODIAS LIBRES (composición más genuina de estas agrupaciones), dos cuplés con sus correspondientes estribillos, así como otras composiciones carnavalescas.
Los cuplés serán cantados engarzados por medio del Estribillo, sin interrupción de los mismos.
El repertorio será inédito en cuanto a letra y música a excepción hecha del popurrí y la presentación.
ARTÍCULO 6°.- TIPOS
El Tipo comprende el título o nombre de la agrupación, así como el disfraz y otros complementos utilizados, la temática tratada y su interrelación con el repertorio a interpretar en lo referente a la Presentación, Estribillos y Popurrí.
ARTÍCULO 7°.- FIGURANTES
Son aquellas personas y otros seres vivos que pueden estar en el escenario durante la actuación de la Agrupación, sin cantar, hablar, ni tocar instrumento alguno.
ARTÍCULO 8°.- REPRESENTANTE LEGAL
Es el único portavoz ante la Delegación de Fiestas. Será un AUTOR por Agrupación o persona en quién él delegue, designada obligatoriamente de entre los relacionados en el Boletín de Inscripción.
Funciones y Competencias:
8.1.- Cumplimentar los Boletines Oficiales de inscripción que serán facilitados en la Casa de la Cultura y presentarlos en la misma en los plazos que oportunamente se indique.
En cualquier caso y de manera obligada, el Representante Legal deberá firmar los Boletines, así como indicar claramente su nombre y apellidos, dirección, localidad, teléfono y el número del D.N.I. Igualmente, los componentes de las agrupaciones firmarán en el boletín de inscripción la autorización correspondiente, para que el representante legal pueda percibir en nombre de todos y cada uno de los componentes el correspondiente premio si lo tuviera. Estos requisitos implican, y en los Boletines constará de forma clara y precisa, la aceptación por parte de la Agrupación del presente Reglamento, lo que presupone su conocimiento previo.
8.2.-Presentará las posibles reclamaciones ante la Organización y una vez comenzado el COACB a el Presidente/a-Secretario/a del Jurado, siempre por escrito y debidamente identificado.
8.3.-Presentará obligatoriamente ante el Presidente/a-Secretario/a del Jurado, una copia del repertorio completo (es decir, presentación, los dos pasodobles, los dos cuplés y el popurrit) que vaya a interpretar, teniendo de plazo hasta el momento antes de la actuación.
CAPITULO II: SORTEO
ARTÍCULO 9°.- NORMAS
La Delegación de Fiestas fijará el orden de actuación de las distintas agrupaciones participantes convocando a sus Representantes Legales para el sorteo correspondiente y el orden que este depare será inapelable e inamovible.
CAPITULO III: EL JURADO
ARTÍCULO 10°.- COMPOSICIÓN
Se establece un Jurado compuesto por: Presidente/a-Secretario/a y cinco vocales.
ARTÍCULO 11°.- PRESIDENTE/A-SECRETARIO/A
El nombramiento de e1/la Presiente/a del Jurado será competencia de la Delegación Municipal de Fiestas.
Funciones:
11.1.- Cumplirá y hará cumplir el presente Reglamento.
11.2.- Convocará y presidirá el Jurado en todas las reuniones necesarias para el buen desarrollo del COACB.
11.3.- Ordenará el comienzo y el fin de las sesiones a celebrar del COACB, justificando públicamente cualquier alteración.
11.4.- Actuará con voz pero sin voto.
11.5 - Tendrá la potestad de solicitar un Notario que dará fe de las puntuaciones, así como las otorgadas por cada uno de los Vocales sin detrimento de las funciones del Secretario/a.
11.6.- Dará fe en cuantos documentos fuera necesario.
11.7.- Levantará Actas de las posibles incidencias del COACB.
11.8.- Será responsable, en todo momento, de las fichas de puntuaciones y de toda la documentación.
11.9.- Será el único portavoz del Jurado ante la Delegación de Fiestas
y los Representantes Legales de las Agrupaciones Carnavalescas, durante el desarrollo del COACB.
11.10.- Actuará con voz pero sin voto.
ARTÍCULO 12.- VOCALES
Los Vocales del Jurado serán elegidos por la Delegación de Fiestas y la ACB.
Funciones:
12.1.- Puntuar a las agrupaciones que se presenten al COACB, según el sistema de puntuación que se resalta en el Artículo 19º. A la hora de sumar los puntos se restará de dicha puntuación la máxima y la mínima y la puntuación oficial será la que sumen las tres restantes.
ARTÍCULO 13°.- INCOMPATIBILIDADES DEL JURADO
13.1.- Ser Representante Legal, Autor, o componente de alguna Agrupación que concurse.
13.2.- Ser familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad de algún componente de cualquier Agrupación Carnavalesca que concurse.
ARTÍCULO 14°.- ACTUACIONES Y DELIBERACIONES DEL JURADO
14.1.- El Jurado quedará constituido oficialmente cuando concurra la presencia de el/la Presidente/a, el/la Secretario/a y la totalidad de los vocales.
14.2.- Al comienzo de la actuación de cada Agrupación, los vocales del Jurado recibirán del Presidente/a-Secretario/a las fichas de puntuaciones que una vez cumplimentadas serán devueltas al mismo al finalizar la actuación de la Agrupación puntuada.
14.3.- Todas las deliberaciones del Jurado tendrán carácter secreto.
14.4- El Jurado podrá declarar premios desiertos (salvo en aquellas modalidades en las que no haya participación)
14.5.- Previa convocatoria de el/la Presidente/a-Secretario/a, el Jurado se reunirá para estudiar y pronunciarse sobre las posibles reclamaciones referentes al COACB hechas al efecto por los Representantes legales de las Agrupaciones.
CAPÍTULO IV: EL CONCURSO
ARTÍCULO 15°.- FASES DEL CONCURSO
El COACB constará de una única fase. En la misma participarán todas las Agrupaciones Carnavalescas legalmente inscritas y de acuerdo con el orden establecido previamente en el Sorteo.
Las Agrupaciones Carnavalescas cantarán y por este orden, presentación, dos pasodobles, dos cuplés con sus correspondientes estribillos y popurrí, (en el caso de Charangas, Chirigotas y Comparsas), y una parodia libre y dos cuplés con sus correspondientes Estribillos, como mínimo, en el caso de los Tríos. Cuartetos o Quintetos, que lo interpretarán no necesariamente en este orden, no pudiendo exceder de 25 minutos el tiempo en escena de la agrupación.
Todas las agrupaciones deberán estar, obligatoriamente, una hora antes de su actuación en el lugar donde se desarrolle el COACB. En el caso de no presentarse a la hora establecida, quedará automáticamente descalificada.
ARTÍCULO 16º.- FALLO DEL JURADO
Una vez concluida la Final se hará público el fallo del Jurado el cual será inapelable, siempre que se ajuste a lo establecido en el presente Reglamento.
El Jurado podrá declarar premios desiertos (salvo en aquellas modalidades en las que no haya participación).
ARTÍCULO 17º.- PREMIOS
Se establecen los siguientes premios: primero, segundo y tercero por modalidad y categoría, consistentes todos y cada uno de ellos la asignación económica que se expone a continuación:
Comparsas Adultas
1º 600 €
2º 450 €
3º 300 € Comparsas Infantiles
1º 300 €
2º 180 €
3º 120 €
Comparsas Juveniles
1º 300 €
2º 180 €
3º 120 €
Chirigotas Adultas
1º 600 €
2º 450 €
3º 300 €
Chirigotas Infantiles
1º 300 €
2º 180 €
3º 120 €
Chirigotas Juveniles
1º 300 €
2º 180 €
3º 120 €
Charangas y Coros
1º 450 €
2º 240 €
3º 150 €
Tríos, Cuartetos o Quintetos
1º 180 €
2º 120 €
Caso de existir empate entre dos o más Agrupaciones Carnavalescas en la puntuación global, se actuará tal cual recoge el artículo 19º. Los premios serán entregados a los representantes legales en tiempo y forma que se haya acordado entre la Delegación de Fiestas y ACABA.
CAPITULO V: PUNTUACIONES
ARTÍCULO 18°.- PUNTUACIONES
CHARANGAS Y COMPARSAS
Presentación................................................................................ de O a 6 = 6
Pasodobles ............................................................................ de O a 20x2 = 40
Cuplés.....................................................................................de O a 10x2 = 20
Estribillos............................................................................... de O a 4x2 = 8
Tipo............................................................................................. de O a 6 = 6
Popurrí....................................................................................... de O a 20 = 20
TOTAL..............................................................................................................100
CHIRIGOTAS
Presentación......................................................................... de O a 6 = 6
Pasodobles......................................................................... de O a 14x2 = 28
Cuplés................................................................................ de O a 16x2 = 32
Estribillos........................................................................... de O a 4x2 = 8
Tipo................................................................................... de O a 6 = 6
Popurrí.............................................................................. de O a 20 = 20
TOTAL............................................................................................................100
TRÍOS, CUARTETOS O QUINTETOS
Puntuación Global............................................................. de O a 20 = 20
TOTAL...........................................................................................................20
En caso de empate en las puntuaciones globales de dos o más Agrupaciones Carnavalescas, se recurrirá a la suma de las puntuaciones parciales obtenidas en los Pasodobles, Cuplés y Estribillos, en el caso de Charangas, Comparsas y Chirigotas, decidiendo el Jurado en el caso de Tríos, Cuartetos y Quintetos.
Las puntuaciones serán otorgadas por cada Vocal del Jurado suprimiéndose la puntuación más alta y la más baja.
Las puntuaciones otorgadas no serán en ningún caso números decimales.
CAPÍTULO VI: ORGANIZACIÓN
ARTICULO 19°
La Delegación de Fiestas y su Comisión para el COACB tendrá las siguientes competencias y funciones:
19.1.Velará por el cumplimiento de la presente normativa sobre el COACB. El incumplimiento o vulneración injustificada grave del Reglamento del COACB por cualquiera de las personas que de algún modo intervengan en el mismo, determinará las siguientes sanciones:
19.1.1. La retirada inmediata del Concurso del autor del citado incumplimiento o infracción si afectase gravemente al correcto desarrollo de aquél.
19.2. Conocerá de cualquier reclamación que suponga una vulneración a este texto.
19.3. Realizará la Inscripción de las Agrupaciones.
19.4. Reconocerá la figura del Representante Legal de la Agrupación.
19.5. Vigilará que no se produzcan repeticiones de "Títulos" en las inscripciones. Caso de producirse, aceptará el primer inscrito y comunicará el rechazo a los Representantes Legales de las Agrupaciones implicadas.
19.6. Fijará, por este orden, el oportuno calendario que hará público con los siguientes criterios:
19.6.1. Recinto para la celebración del COACB.
19.6.2. Premios a conceder.
19.6.3. Apertura y cierre del Registro Oficial de Agrupaciones.
19.6.4. Fecha del Sorteo de Agrupaciones.
19.6.5. Orden de actuación del COACB.
19.6.6. Formación del Jurado.
19.6.7. Día de la entrega y pago de los premios.
19.7. Corresponde a la Delegación de Fiestas facilitar a las Agrupaciones participantes en el COACB la puesta en escena de los forillos por ellas aportados, así como la PLENA UTILIZACIÓN DEL ESPACIO ESCÉNICO. La luminotecnia será aportada e instalada por la Organización. En ningún caso, las Agrupaciones utilizarán más de quince minutos en el montaje de sus forillos y otros diez en su desmontaje.
ARTÍCULO 20º.-
En el caso de que se produjeran desperfectos y daños en las instalaciones elegidas para la celebración del COACB, la responsabilidad recaerá sobre la agrupación que produzca dichos desperfectos o daños y se hará cargo de los costes de la reparación de éstos.
ARTÍCULO 21º.-
El COACB se regirá por lo dispuesto en la LEY DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL y por la LEY 13/99 DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE ANDALUCÍA
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Este Reglamento anula al anterior entrando en vigor el día siguiente al de su aprobación por la Asamblea del Carnaval Barbateño formada por la Delegación Municipal de Fiestas, las peñas de carnaval y el colectivo de autores siendo redactado y elaborado por la misma ACB bajo la tutela de la Delegación de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Barbate.
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA EL COACB
TITULO DE LA AGRUPACIÓN...........................................................................
MODALIDAD...........................................................................................................
CATEGORÍA............................................................................................................
AUTOR LETRA.......................................................................................................
AUTOR MÚSICA.....................................................................................................
REPRESENTANTE LEGAL...................................................................................
DIRECCIÓN..............................................................................................................
TELÉFONO DE CONTACTO.................................................................................
COMPONENTES:(Apellidos y Nombre)
1.....................................................................................................................................
2.....................................................................................................................................
3.....................................................................................................................................
4.....................................................................................................................................
5....................................................................................................................................
6.....................................................................................................................................
7.....................................................................................................................................
8.....................................................................................................................................
9.....................................................................................................................................
10....................................................................................................................................
11....................................................................................................................................
12....................................................................................................................................
13....................................................................................................................................
14....................................................................................................................................
15....................................................................................................................................
16....................................................................................................................................
17....................................................................................................................................
18....................................................................................................................................
19....................................................................................................................................
20....................................................................................................................................
Esta hoja debe ser cumplimentada correctamente y entregada en la Casa de la Juventud sita en la Avenida de la Mar en el periodo comprendido entre el 6 y el 14 de Febrero a las 14:00 horas, llevándose a cabo el sorteo el 15 de febrero en la misma Casa de la Juventud a las 20:00 horas.
Excmo Ayuntamiento de Barbate
Plaza de la Inmaculada, s/n
Barbate